Estimados:
Les informo
que con fecha 13/06/2016, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 224/16
que dispone el incremento salarial de las FFSS correspondiente al año en curso.
Transcribo
los artículos más relevantes. El enlace
al documento completo es el siguiente:
ARTÍCULO 1°
— Incrementase, a partir del 1° de
junio de 2016, en un DOCE CON
SETENTA Y CINCO CENTÉSIMOS POR CIENTO (12,75 %), el Haber Mensual del personal
con estado militar de gendarme en actividad de la GENDARMERÍA NACIONAL, el
Haber Mensual del personal con estado policial en actividad de la PREFECTURA
NAVAL ARGENTINA, el Haber Mensual del personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA,
y el Sueldo Básico del personal policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
ARTÍCULO 2°
— Incrementase, a partir del 1° de
julio de 2016, en un OCHO CON
CINCUENTA CENTÉSIMOS POR CIENTO (8,50%), el Haber Mensual vigente al 30 de junio de 2016, del personal con estado militar
de gendarme en actividad de la GENDARMERÍA NACIONAL, el Haber Mensual vigente
al 30 de junio de 2016, del personal con estado policial en actividad de la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el Haber Mensual vigente al 30 de junio de 2016,
del personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, y el Sueldo Básico vigente al 30
de junio de 2016, del personal policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA.
ARTÍCULO 3°
— Incrementase, a partir del 1° de
agosto de 2016, en un CATORCE
CON CINCUENTA CENTÉSIMOS POR CIENTO (14,50 %), el Haber Mensual vigente al 31 de julio de 2016, del
personal con estado militar de gendarme en actividad de la GENDARMERÍA
NACIONAL, el Haber Mensual vigente al 31 de julio de 2016, del personal con
estado policial en actividad de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el Haber Mensual
vigente al 31 de julio de 2016, del personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, y
el Sueldo Básico vigente al 31 de julio de 2016, del personal policial de la
POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
Dicho
aumento que reviste el carácter de acumulativo Y SE APLICA SOBRE LA ESCALA YA MODIFICADA HACE UNOS DIAS POR DECRETO
716/16. Asciende a un 36% aproximado
final aproximado y beneficia tanto al personal en actividad como a los
retirados y pensionadas, pues el mismo se otorgó sobre el código 01 del recibo
de haberes.
Reitero,
los incrementos son sobre sueldo, por lo tanto inciden sobre todos los demás
códigos que integran la remuneración mensual (sumas en blanco y en negro ESTAS
ULTIMAS PERCIBIDAS POR EL ACTIVO), como así también sobre los descuentos.
Por último y como mucho se habla también de
realizar un proyecto de pago de juicios, tal como se evalúa para los jubilados
y pensionadas de la ANSES, les aviso que si el día de mañana este mecanismo se
aplicara entre FFAA y FFSS, UNICAMENTE podrán acceder al cobro de los
retroactivos del decreto 1307/12 y ss. quienes hayan planteado demanda.
Quienes no, solo verán su haber mejorado
pero perderán varios cientos de miles de Pesos.
REFERIDO A LA SITUACION JUDICIAL Y DADO A QUE ESTA RESOLUCION SE VINCULA
CON EL DECRETO 716/16 LES TRANSCRIBO UN ENLACE A MI INFORME ANTERIOR.
Ante cualquier duda o inquietud, me tienen a su
disposición. Para ampliar cualquier
información, pueden dirigirse a las páginas WEB que figuran debajo.
El horario de atención telefónica es de lunes a
jueves de 15 a 18 hrs. y personal de martes a jueves de 15 a 18 hrs.
Atte.
Dr. Sebastián Alejandro Bonder
ABOGADO
Av. Dr. Ricardo Balbín 2335 Piso 11
Capital Federal (CP: 1428)
011-4786-1441 // 011-4781-2087
011-15-6737-0398
MAIL: sebabonder@yahoo.com.ar
WEB: http://drsebastianbonder.blogspot.com.ar/
FACEBOOK: REGULARIZACION DE HABERES DEL PERSONAL MILITAR
2 comentarios:
mi pregunta es estamos incluidos los re-tirados del SPF atte uno mas
Señor Bonder, seguimos con expectativa todo lo ocurrido a la fecha. Quería saber si está para pagar lo nuestro. Última vez hace tiempo estábamos esperando la segunda instancia. Mi nombre es ORTIZ TALAVERA ANDRÉS DNI 14.224.312 GRS. FELICIDADES.
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