jueves, 19 de junio de 2014

INCREMENTO SALARIAL PFA 2014

Estimados/as:

Es mi deber informarles que hoy, 19/06/2014, se publicó en el Boletín Oficial el decreto  813/14 que dispone el incremento salarial del Personal Militar y Policial de las FFSS  correspondiente al año en curso.

El texto completo lo encuentran en el siguiente link:


Dicho aumento, asciende a un 28% final aproximado y beneficia tanto al personal en actividad como a los retirados y pensionadas, pues el mismo se otorgó sobre el código 01 del recibo de haberes.

Conforme lo dispuesto en la norma, la mejora se aplicará en 2 tramos (JUNIO Y AGOSTO).

Reitero, los incrementos son sobre sueldo, por lo tanto inciden sobre todos los demás códigos que integran la remuneración mensual (sumas en blanco y en negro ESTAS ULTIMAS PERCIBIDAS POR EL ACTIVO), como así también sobre los descuentos. 

Por otro lado, nuevamente se incrementaron de manera desmedida, los suplementos (sumas EN NEGRO) que percibe el personal en actividad.  El blanqueo de estos conceptos es lo que debe pelearse ante la Justicia.

RECLAMO JUDICIAL DECRETO 2140/13

Es mi obligación sugerir, para quienes aún no lo han iniciado, comenzar a la brevedad con el trámite de la demanda que impugna  el mencionado decreto a través del cual se crearon (en diciembre de 2013) los suplementos cuyos montos se volvieron a incrementar.

De ganarse este nuevo reclamo, generaría mejoras salariales y retroactivos mucho más interesantes que los generados por el juicio anterior.

Para quienes YA son clientes del Estudio, los requisitos son 2:

- COPIA DEL ULTIMO RECIBO DE HABERES (me la pueden enviar escaneada) a cualquiera de mis correos electrónicos.

- EN CONCEPTO DE GASTOS DE INICIACION, deberán efectuar un UNICO PAGO de: $750.-

Lamentablemente y producto de la inflación galopante que nos aqueja, este monto se irá incrementando con el paso del tiempo. 

Esta suma la pueden abonar personalmente, depositar o transferir a la siguiente cuenta:

BANCO SANTANDER RIO
CTA. UNICA N° 087-361921/2
CBU: 0720087888000036192122
CUIT: 20-28233154-4

El poder ya lo tenemos, y los honorarios siempre ascienden al 10% de los retroactivos, por lo cual no debemos firmar nuevos convenios.

A quienes no sean clientes del Estudio, les recuerdo que esta demanda no tiene vínculo con las anteriores, por ende, pueden elegir libremente con que profesional desean iniciarlas.  El único trámite que se les agrega es el del poder, que los activos deberán hacer en Escribanía y los retirados mediante certificación de firma en Juzgado Federal o de Paz.   Para estos últimos el trámite es GRATUITO.  Los gastos son los mismos y para obtener la documentación a completar se deberán contactar conmigo.

Cumplidos los requisitos, la demanda es iniciada de manera inmediata.

NUEVA LINEA TELEFONICA

Aprovecho para informar, que a fin de continuar brindándoles la mejor atención, se ha habilitado una nueva línea telefónica de contacto.  El número es 011-4781-2087.

FERIA JUDICIAL DE INVIERNO

Para finalizar, aprovecho para comunicarles que entre los días 21 de Julio y el 01 de Agosto, ambos inclusive, transitaremos la Feria Judicial de Invierno, aunque quien suscribe y su equipo, continuaremos nuestras labores con normalidad.  El horario de atención al público en la oficina es el que ya conocen, de lunes a jueves de 15 a 18 hrs.

Como siempre, les ruego difundan ampliamente el presente comunicado, pues hay mucha gente que no tiene acceso a las informaciones y actualizaciones de la situación salarial que los afecta.

Ante cualquier duda o inquietud, me tienen a su disposición.

Atte.

Dr. Sebastián Alejandro Bonder
ABOGADO
Av. Dr. Ricardo Balbín 2335 Piso 11
Capital Federal (CP: 1428)
011-4786-1441  //  011-4781-2087
011-15-6737-0398
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TWITTER: @SebaBonder

INCREMENTO SALARIAL PNA Y GNA 2014

Estimados/as:

Es mi deber informarles que hoy, 19/06/2014, se publicó en el Boletín Oficial el decreto  813/14 que dispone el incremento salarial del Personal Militar y Policial de las FFSS  correspondiente al año en curso.

El texto completo lo encuentran en el siguiente link:


Dicho aumento, asciende a un 28% final aproximado y beneficia tanto al personal en actividad como a los retirados y pensionadas, pues el mismo se otorgó sobre el código 01 del recibo de haberes.

Conforme lo dispuesto en la norma, la mejora se aplicará en 2 tramos (JUNIO Y AGOSTO).

Reitero, los incrementos son sobre sueldo, por lo tanto inciden sobre todos los demás códigos que integran la remuneración mensual (sumas en blanco y en negro ESTAS ULTIMAS PERCIBIDAS POR EL ACTIVO), como así también sobre los descuentos. 

Por otro lado, nuevamente se incrementaron de manera desmedida, los suplementos (sumas EN NEGRO) que percibe el personal en actividad.  El blanqueo de estos conceptos es lo que debe pelearse ante la Justicia.

RECLAMO JUDICIAL DECRETO 1307/12 y SS.

Es mi obligación sugerir, para quienes aún no lo han iniciado, comenzar a la brevedad con el trámite de la demanda que impugna los mencionados decretos.

De ganarse este nuevo reclamo, generaría mejoras salariales y retroactivos mucho más interesantes que los generados por el juicio anterior.

Para quienes YA son clientes del Estudio, los requisitos son 2:

- COPIA DEL ULTIMO RECIBO DE HABERES (me la pueden enviar escaneada) a cualquiera de mis correos electrónicos.

- EN CONCEPTO DE GASTOS DE INICIACION, deberán efectuar un UNICO PAGO de: $750.-

Lamentablemente y producto de la inflación galopante que nos aqueja, este monto se irá incrementando con el paso del tiempo. 

Esta suma la pueden abonar personalmente, depositar o transferir a la siguiente cuenta:

BANCO SANTANDER RIO
CTA. UNICA N° 087-361921/2
CBU: 0720087888000036192122
CUIT: 20-28233154-4

El poder ya lo tenemos, y los honorarios siempre ascienden al 10% de los retroactivos, por lo cual no debemos firmar nuevos convenios.

A quienes no sean clientes del Estudio, les recuerdo que esta demanda no tiene vínculo con las anteriores, por ende, pueden elegir libremente con que profesional desean iniciarlas.  El único trámite que se les agrega es el del poder, que los activos deberán hacer en Escribanía y los retirados mediante certificación de firma en Juzgado Federal o de Paz.   Para estos últimos el trámite es GRATUITO.  Los gastos son los mismos y para obtener la documentación a completar se deberán contactar conmigo.

Cumplidos los requisitos, la demanda es iniciada de manera inmediata, como ya lo he hecho para miles de sus camaradas.

Para graficarles sobre lo reclamado, le transcribo unos ejemplos.  Remarco que están calculados con los montos previos a la entrada en vigencia del decreto actual.  A partir de Junio, las diferencias serán mayores.


SUBOFICIALES

AYUDANTE DE 1° con 30 años de antigüedad (NO TOMO EN CUENTA NINGUN SUPLEMENTO PARTICULAR NI TRANSITORIOS, NI PAGOS POR HIJOS):
  
Sueldo.........................................................................4546
TIEMPO MINIMO EN EL GRADO....................................454,60
ANTIGUEDAD..............................................................3000,36
RESPONSABILIDAD POR CARGO….................................5900.-
DISP. PERMANENTE PARA CARGO………………………………..7135.-
SUELDO BRUTO………..21035,96.-

DE ESTE MONTO, HOY, EL RETIRADO COBRA SOLAMENTE $8000,96.- (APROX EL 38% DE SU PAR EN ACTIVIDAD)

DE GANARSE EL JUICIO, al obtener el pago de las sumas que le corresponden (cfr. Ley 19101 y Jurisprudencia de la CSJN) COBRARIA ASI:

Sueldo.........................................................................17581
TIEMPO MINIMO EN EL GRADO.....................................1758,10
ANTIGUEDAD...............................................................11603,46
SUELDO BRUTO………..30942,56.-  

CON ESTE MONTO SE RETIRARIA.




CABO 1° con 10 años de antigüedad (NO TOMO EN CUENTA NINGUN SUPLEMENTO PARTICULAR NI TRANSITORIOS, NI PAGOS POR HIJOS):
  
Sueldo.........................................................................3687
TIEMPO MINIMO EN EL GRADO....................................368,70
ANTIGUEDAD...............................................................811,14
TAREAS DE SEGURIDAD…………….….................................7346.-
SUELDO BRUTO………..12212,84.-

“EN NEGRO” : 60% APROXIMADO

DE GANARSE EL JUICIO, al obtener el pago de las sumas que le corresponden (cfr. Ley 19101 y Jurisprudencia de la CSJN) COBRARIA ASI:

Sueldo.........................................................................11033
TIEMPO MINIMO EN EL GRADO....................................1103,30
ANTIGUEDAD...............................................................2427,26
SUELDO BRUTO………..14563,56.-  



AYUDANTE DE 3° con 15 años de antigüedad (NO TOMO EN CUENTA NINGUN SUPLEMENTO PARTICULAR NI TRANSITORIOS, NI PAGOS POR HIJOS):

Sueldo.........................................................................3870
TIEMPO MINIMO EN EL GRADO....................................387
ANTIGUEDAD...............................................................1277,10
TAREAS DE SEGURIDAD…………….….................................7346
FUNCION INTERMEDIA…………………………………………………..2850
SUELDO BRUTO………..15730,10.-

“EN NEGRO” : 65% APROXIMADO


DE GANARSE EL JUICIO, al obtener el pago de las sumas que le corresponden (cfr. Ley 19101 y Jurisprudencia de la CSJN) COBRARIA ASI:

Sueldo.........................................................................14066
TIEMPO MINIMO EN EL GRADO....................................1406,60
ANTIGUEDAD...............................................................4641,78
SUELDO BRUTO………..20114,38.-  



OFICIALES

PREFECTO MAYOR con 30 años de antigüedad (NO TOMO EN CUENTA NINGUN SUPLEMENTO PARTICULAR NI TRANSITORIOS, NI PAGOS POR HIJOS, NI OTRAS ASIGNACIONES):

HOY EL HABER BRUTO QUEDA COMPUESTO DE LA SIGUIENTE MANERA:

Sueldo..........................................................................8547
TIEMPO MINIMO EN EL GRADO.....................................854,70
ANTIGUEDAD................................................................5641,02
RESPONSABILIDAD POR CARGO.....................................11000
DISP. PERMANENTE PARA EL CARGO……………………………..9321
SUELDO BRUTO………35363,72.-

DE ESTE MONTO, HOY, EL RETIRADO COBRA SOLAMENTE $15042,72.-  (41% APROXIMADAMENTE).

DE GANARSE EL NUEVO JUICIO, al obtener el pago de las sumas que le corresponden (cfr. Ley 19101 y Jurisprudencia de la CSJN) COBRARIA ASI:

Sueldo........................................................................28868
TIEMPO MINIMO EN EL GRADO...................................2886,80
ANTIGUEDAD.............................................................19052,88
SUELDO BRUTO………50867,68.-  

CON ESTE MONTO SE RETIRARIA.


NUEVA LINEA TELEFONICA

Aprovecho para informar, que a fin de continuar brindándoles la mejor atención, se ha habilitado una nueva línea telefónica de contacto.  El número es 011-4781-2087.

FERIA JUDICIAL DE INVIERNO

Para finalizar, aprovecho para comunicarles que entre los días 21 de Julio y el 01 de Agosto, ambos inclusive, transitaremos la Feria Judicial de Invierno, aunque quien suscribe y su equipo, continuaremos nuestras labores con normalidad.  El horario de atención al público en la oficina es el que ya conocen, de lunes a jueves de 15 a 18 hrs.

Como siempre, les ruego difundan ampliamente el presente comunicado, pues hay mucha gente que no tiene acceso a las informaciones y actualizaciones de la situación salarial que los afecta.

Ante cualquier duda o inquietud, me tienen a su disposición.

Atte.

Dr. Sebastián Alejandro Bonder
ABOGADO
Av. Dr. Ricardo Balbín 2335 Piso 11
Capital Federal (CP: 1428)
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INCREMENTO SALARIAL FFAA 2014

Estimados/as:

Es mi deber informarles que hoy, 19/06/2014, se publicó en el Boletín Oficial el decreto  812/14 que dispone el incremento salarial para el Personal Militar (EN ACTIVIDAD – RETIRADOS Y PENSIONADAS) de las FFAA  correspondiente al año en curso.

El texto completo lo encuentran en el siguiente link:


Dicho aumento, asciende a un 28% final aproximado y beneficia tanto al personal en actividad como a los retirados y pensionadas, pues el mismo se otorgó sobre el código 01 del recibo de haberes.

Conforme lo dispuesto en la norma, la mejora se aplicará en 2 tramos de acuerdo a la escala que les transcribiré a continuación.

Reitero, los incrementos son sobre sueldo, por lo tanto inciden sobre todos los demás códigos que integran la remuneración mensual (sumas en blanco y en negro ESTAS ULTIMAS PERCIBIDAS POR EL ACTIVO), como así también sobre los descuentos. 

ESCALA SALARIAL

HABER MENSUAL 01/06/2014
Teniente General, Almirante, Brigadier General 13.760.-
General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor         12.397.-
General de Brigada, Contraalmirante, Brigadier  11.169.-
Coronel, Capitán de Navío, Comodoro   10.062.-
Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro       9.147.-
Mayor, Capitán de Corbeta, Mayor         7.319.-
Capitán, Teniente de Navío, Capitán       6.363.-
Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente 5.892.-
Teniente, Teniente de Corbeta, Teniente             5.558.-
Subteniente, Guardiamarina, Alférez     5.244.-
Suboficial Mayor         8.170.-
Suboficial Principal     7.360.-
Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante          6.631.-
Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar                6.028.-
Sargento, Cabo Principal           5.480.-
Cabo Primero              5.075.-
Cabo, Cabo Segundo, Cabo       4.698.-
Voluntario 1ra., Marinero 1ra. 4.432.-
Voluntario 2da., Marinero 2da.               4.181.-

HABER MENSUAL 01/08/2014
Teniente General, Almirante, Brigadier General 15.182.-
General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor         13.677.-
General de Brigada, Contraalmirante, Brigadier  12.323.-
Coronel, Capitán de Navío, Comodoro   11.102.-
Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro       10.092-
Mayor, Capitán de Corbeta, Mayor         8.075.-
Capitán, Teniente de Navío, Capitán       7.020.-
Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente 6.501.-
Teniente, Teniente de Corbeta, Teniente             6.132.-
Subteniente, Guardiamarina, Alférez     5.786.-
Suboficial Mayor         9.014.-
Suboficial Principal     8.121.-
Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante          7.316.-
Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar                6.651.-
Sargento, Cabo Principal           6.046.-
Cabo Primero              5.599.-
Cabo, Cabo Segundo, Cabo       5.183.-
Voluntario 1ra., Marinero 1ra. 4.891.-
Voluntario 2da., Marinero 2da.               4.613.-

RECLAMO JUDICIAL DECRETO 1305/12

Es mi obligación informarles, que quienes aún no lo han iniciado, deberán comenzar con el trámite de la demanda que impugna el decreto 1305/12 y ss. (FFAA).

Ya que muchos aun no tienen noción de lo que se reclama, les transcribo 2 ejemplos para graficar.  En los mismos se detalla por período y hasta el mes de Mayo de 2014 (conforme a las variaciones producidas) lo que se cobró realmente, cuanto se debería de haber cobrado y los retroactivos adeudados.

CORONEL RETIRADO 35 AÑOS + TMC
01/08/2012 – 30/06/2013
HABER MENSUAL: 6378
TMC: 637,80
ANTIGÜEDAD: 4911,06
BRUTO: 11926,86
DESCUENTOS (19%): 2266,10
TOTAL: 9660,76
CON RESPONSABILIDAD JERARQUICA (1,3827)
HABER MENSUAL: 6378
RESP JERARQUICA: 8818,86
TMC: 1519,69
ANTIGÜEDAD: 11701,59
BRUTO: 28418,14
DESCUENTOS (19%): 5399,45
TOTAL: 23018,69
DIFERENCIA X MES: 13357,93
RETROACTIVO: 160295,16.-
01/07/2013 – 31/07/2013
HABER MENSUAL: 7143
TMC: 714,30
ANTIGÜEDAD: 5500,11
BRUTO: 13357,41
DESCUENTOS (19%): 2537,91
TOTAL: 10819,50
CON RESPONSABILIDAD JERARQUICA (1,3827)
HABER MENSUAL: 7143
RESP JERARQUICA: 9876,63
TMC: 1701,96
ANTIGÜEDAD: 13105,11
BRUTO: 31826,70
DESCUENTOS (19%): 6047,07
TOTAL: 25779,63
DIFERENCIA POR MES: 14960,13
RETROACTIVO: 14960,13
01/08/2013 – 30/04/2014
HABER MENSUAL: 7909
TMC: 790,90
ANTIGÜEDAD: 6089,93
BRUTO: 14789,83
DESCUENTOS (19%): 2810,07
TOTAL: 11979,76
CON RESPONSABILIDAD JERARQUICA (1,3827)
HABER MENSUAL: 7909
RESP JERARQUICA: 10935,77
TMC: 1884,48
ANTIGÜEDAD: 14510,48
BRUTO: 35239,73
DESCUENTOS (19%): 6695,55
TOTAL: 28544,18
DIFERENCIA POR MES: 16564,42
RETROACTIVO: 165644,20
01/05/2014 – 31/05/2014
HABER MENSUAL: 8663
TMC: 866,30
ANTIGÜEDAD: 6670,51
BRUTO: 16199,81
DESCUENTOS (19%): 3077,96
TOTAL: 13121,85
CON RESPONSABILIDAD JERARQUICA (1,2020)
HABER MENSUAL: 8663
RESP JERARQUICA: 10412,93
TMC: 1907,59
ANTIGÜEDAD: 14688,46
BRUTO: 35671,98
DESCUENTOS (19%): 6777,68
TOTAL: 28894,30
DIFERENCIA: 15772,45
RETROACTIVO: 15.772,45
TOTAL HASTA EL 31/05/2014: 356.672.-

SUBOF. MY. RETIRADO 35 AÑOS + TMC
01/08/2012 – 28/02/2013
HABER MENSUAL: 3774
TMC: 377,40
ANTIGÜEDAD: 2905,98
BRUTO: 7057,38
DESCUENTOS (19%): 1340,90
TOTAL: 5716,48
CON RESPONSABILIDAD JERARQUICA (1,2025)
HABER MENSUAL: 3774
RESP JERARQUICA: 4538,24
TMC: 831,22
ANTIGÜEDAD: 6400,42
BRUTO: 15543,88
DESCUENTOS (19%): 2953,34
TOTAL: 12590,54
DIFERENCIA X MES: 5249,95
RETROACTIVO: 51555,45.-
01/03/2013 – 30/06/2013
HABER MENSUAL: 4501
TMC: 450,10
ANTIGÜEDAD: 3465,77
BRUTO: 8416,87
DESCUENTOS (19%): 1599,21
TOTAL: 6817,66
CON RESPONSABILIDAD JERARQUICA (1,2025)
HABER MENSUAL: 4501
RESP JERARQUICA: 5412,45
TMC: 991,35
ANTIGÜEDAD: 7633,36
BRUTO: 18538,16
DESCUENTOS (19%): 3522,25
TOTAL: 15015,91
DIFERENCIA POR MES: 8198,25
RETROACTIVO: 36892,13
01/07/2013 – 31/07/2013
HABER MENSUAL: 5041
TMC: 504,10
ANTIGÜEDAD: 3881,57
BRUTO: 9426,67
DESCUENTOS (19%): 1791,07
TOTAL: 7635,60
CON RESPONSABILIDAD JERARQUICA (1,2025)
HABER MENSUAL: 5041
RESP JERARQUICA: 6061,80
TMC: 1110,28
ANTIGÜEDAD: 8549,16
BRUTO: 20762,24
DESCUENTOS (19%): 3944,83
TOTAL: 16817,41
DIFERENCIA POR MES: 9181,81
RETROACTIVO: 9181,81
01/08/2013 – 30/04/2014
HABER MENSUAL: 5581
TMC: 558,10
ANTIGÜEDAD: 4297,37
BRUTO: 10436,47
DESCUENTOS (19%): 1982,93
TOTAL: 8453,54
CON RESPONSABILIDAD JERARQUICA (1,2025)
HABER MENSUAL: 5581
RESP JERARQUICA: 6711,15
TMC: 1229,22
ANTIGÜEDAD: 9464,96
BRUTO: 22986,33
DESCUENTOS (19%): 4367,40
TOTAL: 18618,93
DIFERENCIA POR MES: 10165,39
RETROACTIVO: 96571,21
01/05/2014 – 31/05/2014
HABER MENSUAL: 7034
TMC: 703,40
ANTIGÜEDAD: 5416,18
BRUTO: 13153,58
DESCUENTOS (19%): 2499,18
TOTAL: 10654,40
CON RESPONSABILIDAD JERARQUICA (0,8073)
HABER MENSUAL: 7034
RESP JERARQUICA: 5678,55
TMC: 1271,26
ANTIGÜEDAD: 9788,67
BRUTO: 23772,48
DESCUENTOS (19%): 4516,77
TOTAL: 19255,71
DIFERENCIA: 8601,31
RETROACTIVO: 8601,31
TOTAL HASTA EL 31/05/2014: 202.802

Para los activos el cálculo es sencillo.  A la última cuenta (donde se computa el suplemento en el sueldo o haber, debe descontársele el monto del suplemento que han percibido y multiplicarlo por los meses correspondientes. 

Los ejemplos dicen todo.  De ganarse este nuevo reclamo, generaría mejoras salariales y retroactivos mucho más interesantes que los generados por cualquier juicio anterior.

Para quienes YA son clientes del Estudio, los requisitos son 2:

- COPIA DEL ULTIMO RECIBO DE HABERES (me la pueden enviar escaneada) a cualquiera de mis correos electrónicos.

- EN CONCEPTO DE GASTOS DE INICIACION, deberán efectuar un UNICO PAGO de: $750.-

Lamentablemente y producto de la inflación galopante que nos aqueja, este monto se irá incrementando con el paso del tiempo. 

Esta suma la pueden abonar personalmente, depositar o transferir a la siguiente cuenta:

BANCO SANTANDER RIO
CTA. UNICA N° 087-361921/2
CBU: 0720087888000036192122
CUIT: 20-28233154-4

El poder ya lo tenemos, y los honorarios siempre ascienden al 10% de los retroactivos, por lo cual no debemos firmar nuevos convenios.

A quienes no sean clientes del Estudio, les recuerdo que esta demanda no tiene vínculo con las anteriores, por ende, pueden elegir libremente con que profesional desean iniciarlas.  El único trámite que se les agrega es el del poder, que los activos deberán hacer en Escribanía y los retirados mediante certificación de firma en Juzgado Federal o de Paz.   Para estos últimos el trámite es GRATUITO.  Los gastos son los mismos y para obtener la documentación a completar se deberán contactar conmigo.

Cumplidos los requisitos, la demanda es iniciada de manera inmediata, como ya lo he hecho para miles de sus camaradas.

NUEVA LINEA TELEFONICA

   Aprovecho para informar, que a fin de continuar brindándoles la mejor atención, se ha habilitado una nueva línea telefónica de contacto.  El número es 011-4781-2087.

FERIA JUDICIAL DE INVIERNO

Para finalizar, aprovecho para comunicarles que entre los días 21 de Julio y el 01 de Agosto, ambos inclusive, transitaremos la Feria Judicial de Invierno, aunque quien suscribe y su equipo, continuaremos nuestras labores con normalidad.  El horario de atención al público en la oficina es el que ya conocen, de lunes a jueves de 15 a 18 hrs.

Como siempre, les ruego difundan ampliamente el presente comunicado, pues hay mucha gente que no tiene acceso a las informaciones y actualizaciones de la situación salarial que los afecta.

Ante cualquier duda o inquietud, me tienen a su disposición.

Atte.

Dr. Sebastián Alejandro Bonder
ABOGADO
Av. Dr. Ricardo Balbín 2335 Piso 11
Capital Federal (CP: 1428)
011-4786-1441  //  011-4781-2087
011-15-6737-0398
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